Red Argentina de Equinoterapia
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Anexo, formulario y requisitos

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Mensaje por Admin Sáb Jun 02, 2018 10:04 pm

ANEXO
CARÁCTERISTICAS GENERALES
1- Infraestructura
Los Centros de AyTAEs, independientemente de su clasificación, deberán tener condiciones de accesibilidad según lo establece la Ley 24.314. Esta condición de accesibilidad deberá estar presente tanto para los lugares específicos para la AyTAEs como para los lugares comunes (estacionamiento, vestuarios, confitería o bar si hubiese, caminos o senderos, etc.).
Deberá contar con al menos un servicio sanitario adaptado señalizado.
Pistas: Se deberá contar con un espacio físico específico delimitado e independiente dentro de las instalaciones con las que cuente dicho centro para las AyTAEs y su uso deberá ser exclusivo en el momento de la realización de las mismas.
Rampa para la monta: para los casos donde se utilicen rampa para montar la misma debe tener una anchura mínima en todo su recorrido que permita el paso de dos personas, una de ellas en silla de ruedas. Los pisos serán antideslizantes sin resaltos ni aberturas que permitan el tropiezo de personas con bastones o sillas de ruedas. Los desniveles de todo tipo tendrán un diseño y grado de inclinación que permita la transitabilidad, utilización y seguridad de las personas con movilidad reducida. La rampa deberá contar con un acceso en plano inclinado cumpliendo con las características antes mencionadas, una plataforma horizontal de no menos de 1.50 ancho x 2 m de largo, y  escalones en su otro extremo, cuya dimensión vertical y horizontal facilite su utilización por personas con movilidad reducida y estarán dotadas de pasamanos en todo su lado externo y sus dos extremos (rampa y escalera) en su lado interno a la pista. La rampa puede ser fija o móvil y debe estar ubicada en un lugar que no interfiera con la actividad que se desarrolla en la pista. Las características de la construcción de la misma y sus materiales podrán ser variadas, teniendo siempre como premisa la seguridad.
2- PERSONAL
La ACCC considera fundamental el Equipo Interdisciplinario de trabajo, pero al no contar al momento con un marco regulatorio del área de la salud humana a nivel nacional al respecto, no se determinara en lo que respecta, dejando de responable al beneficiario del presente acuerdo.
De la sanidad de los caballos: deberá contar con un servicio veterinario a cargo de un Veterinario Acreditado ante el SENASA, quien manifieste por escrito la aptitud del lugar donde permanecerán los animales y que garantice un mínimo de sanidad necesario.
3- REGISTRACIÓN
Los centros de AyTAEs deberán estar inscriptos ante el RENSPA (SENASA) y como condición previa al inicio de trámites particulares.
Constancia de vigencia de la personería jurídica de la Institución y constancia emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos en la que se inscribió la institución que indica su Razón Social, N° de CUIT y la vigencia de la inscripción.
Póliza de seguro que indique la cobertura de Responsabilidad Civil Comprensiva para la sede institucional donde se presentará el servicio. Deberá estar vigente al momento de iniciar el trámite.
Deberá acreditarse mediante contrato, factura o recibo de pago donde conste la cobertura del servicio de urgencias y emergencias. La cobertura deberá otorgarse en la sede de la institución donde se brinda la prestación. El servicio requerido deberá estar vigente al momento de iniciar el trámite.
DEFINICIONES
Terapias Asistidas con Equinos.
Tratamientos complementarios dirigidos por un profesional de la salud y desarrollado por un equipo interdisciplinario presente, incorporando equinos como mediadores  con determinadas características de selección y adiestramiento, diseñadas para promover mejoras en el funcionamiento físico, social, emocional y/o cognitivo de las personas, realizados en establecimientos o áreas habilitadas para tal fin.
Actividades Asistidas con Equinos.
Conjunto de acciones que tienden a aportar beneficios a nivel motivacional, recreativo, deportivo, lúdico, sin un objetivo terapéutico especifico, promoviendo esencialmente mejoras en la calidad de vida de las personas, debiendo cumplir estos animales con los mismos requisitos de selección y adiestramiento de los animales de terapia.

CENTROS DE ACTIVIDADES Y TERAPIAS ASISTIDAS CON EQUINOS
Clasificación:
A los fines del presente Programa podemos clasificar a los Centros en los que se lleven a cabo AyTAEs como Centros Únicos, Combinados y Compuestos.
Independientemente de esta clasificación las AyTAEs deberán ser llevadas a cabo por una institución pública o privada jurídicamente constituida en total cumplimiento de sus mandatos estatutarios.
CENTROS UNICOS
Definición: Son aquellas entidades jurídicamente constituidas en cuyas instalaciones se desarrollan AyTAEs en forma exclusiva.
CENTROS COMBINADOS  
Definición: son aquellas entidades jurídicamente constituidas en cuyos establecimientos  se desarrollen AyTAEs conviviendo con otras actividades hípicas recreativas y/o deportivas.

CENTROS COMPUESTOS
Definición: son aquellas entidades jurídicamente constituidas en cuyos establecimientos se desarrollen AyTAEs junto con otras actividades, pudiendo ser estas educativas, recreativas, deportivas o terapéuticas pero que no están relacionados con la hípica.









El formulario una vez completado debe enviarse por mail a:

info@caballoscriollos.com o a:
Elena Cataldi,  equinoterapiadelazul@yahoo.com.ar
Marcela Aldazabal, marcela_aldazabal@yahoo.com.ar










FORMULARIO DE PRESENTACION DE SOLUCITUD
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN……………………………………………………..……
PERSONERIA JURÍDICA N°…………………………………………………….…….….
DIRECCIÓN…………………………………………… CP……………………….………
LOCALIDAD………………………..PROVINCIA:………………………………………..
RENSPA N°…………………………………………………………………………………
TELEFONO………………………………MAIL………………………….………………..

DE LA ENTIDAD
1) En la entidad se llevan a cabo: (marcar lo que corresponda)
o Actividad Asistida con Equinos
o Terapia Asistida con Equinos
2) CLASIFICACIÓN: (marcar lo que corresponda)
o Centro Único
o Centro Combinado
o Centro Compuesto
3) Frecuencia de actividad/terapias por individuo:
o Diarias                                                                          
o Una vez por semana
o Dos veces por semana
o Tres veces por semana
o Una vez cada quince días
o Una vez por mes        
Servicio de emergencias médicas: SI NO (adjuntar fotocopia)
Seguro por accidentes: SI NO (adjuntar fotocopia poliza)
Rampa: SI NO (adjuntar Fotografia)
DE LOS EQUINOS: (exclusivamente los destinados a la actividad / terapia)
Cantidad de equinos con los que cuentan actualmente: Machos …………… Hembras………………

Veterinario Responsable del Centro……………………………...………………………
Matricula N° ……….……………………………………………………………..…………
Acreditación SENASA N°…………………………………………………..…………….
Teléfono…………………………………………………………………...………………..
(Adjuntar certificado de aptitud de instalaciones para recibir animales con firma y sello)



……………………..         ………………………………………           ………………….
        Firma                               Aclaración y cargo                                    Fecha

Fuente: http://www.caballoscriollos.com/espanol/noticias_detalle.php?noticiasID=3146
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Anexo, formulario y requisitos Empty Criollo recibido en Welun Hueney Equinoterapia

Mensaje por Maria del Rosario Mar Jul 03, 2018 8:07 pm

Welun Hueney Equinoterapia desde la ciudad de Neuquén, agradece profundamente a todas las personas que hicieron posible que hoy nos encontremos con.nuestro criollo!!!! GRACIAS A la generosidad de Federico Argüelles, estos gestos cambian el mundo...la alegría es tan grande que no cabe en una palabra.
La solidaridad transforma, es una muestra del amor más noble! GRACIAS infinitas Federico y Gerardo Minuzzi. Y a quienes nos hicieron un puente para poder encontrarnos, Elena Cataldi y Marcela Aldazabal. Aquí...en.este lugar del del mundo nos hicieron muy felices!!! Y tengo la certeza que la alegría compartida se multiplica!!!!

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Maria del Rosario

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